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El pleno de la Asamblea aceptó ayer la propuesta del Ejecutivo para que las empresas públicas extranjeras, “en garantía de la soberanía alimentaria”, puedan adquirir, arrendar o tomar en usufructo tierras rurales en el territorio nacional para proyectos de producción agraria, con la autorización de la Autoridad Agraria Nacional y conforme al reglamento que se redacte.

Esta fue una de las 16 objeciones del veto parcial del presidente Rafael Correa al proyecto de Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales a las que los asambleístas oficialistas y sus aliados se allanaron ayer con 92 votos, el mismo número con el que alcanzaron a ratificarse en tres textos aprobados por ellos semanas atrás, según lo expuso el presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Miguel Carvajal (AP), en el pleno. Las bancadas de oposición votaron en contra o se abstuvieron.

La apertura para que empresas públicas extranjeras puedan comprar tierras rurales fue uno de los puntos más cuestionados por la oposición en el debate debido a que, en el informe para segundo debate, que fue aprobado por la mayoría oficialista en la Comisión y luego en el pleno, se prohibía expresamente que este tipo de empresas “no podrán” hacerlo.

El argumento de los asambleístas oficialistas para cambiar de decisión por el veto del Ejecutivo en este tema fue que, de acuerdo con la Constitución, nacionales y extranjeros tienen los mismos derechos.

“Nosotros pusimos una prohibición, cuando la Constitución dice que todo mundo tiene derecho, extranjeros y nacionales”, dijo Mauricio Proaño (AP), vicepresidente de la Comisión, luego de la votación.

Proaño añadió que estas empresas requerirán de la autorización de la Autoridad Agraria Nacional, proceso en el que se verá que no vaya en contra de la soberanía alimentaria, que genere empleo y que produzca divisas para Ecuador.

Luis Fernando Torres (PSC-Cambio) señaló que “lo que no se sabe es lo que se entiende por empresa pública extranjera, que no es sinónimo de estatal, bien puede ser una multinacional privada que sea considerada empresa pública, porque cotiza en bolsa”, agregó.

Pepe Acacho (Pachakutik) dijo que les están dando más razones a los colectivos sociales para demandar la inconstitucionalidad de la ley. Lo analizarán en mayo en el marco de la Cumbre Agraria.

La Asamblea se allanó también a que las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades “deberán ceder” al Estado el derecho de uso y usufructo de las superficies determinadas de tierra en que se construirá la infraestructura prevista en las políticas de vivienda rural, servicios de salud y educación y otros proyectos de infraestructura y servicios públicos.

El texto original de la Asamblea sostenía que la decisión de la cesión era de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Aunque los asambleístas no aceptaron incluir a los sectores estratégicos.

Una vez que el pleno resolvió sobre el veto, la ley será enviada al Registro Oficial para su publicación y vigencia. (I)

Lo que se sabe de la norma

Funciones

La Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales norma el uso y acceso a la propiedad de la tierra rural y el derecho a la propiedad de esta si cumple con la función social y la ambiental. Regula la posesión, la propiedad, la administración y redistribución de la tierra. También se refiere a los latifundios como grandes extensiones de tierras ineficientemente aprovechadas por personas naturales o jurídicas.

Expropiación

La ley que aprobó la Asamblea establece siete causales de expropiación de la tierra relacionadas con incumplimiento de función social sin ser aprovechadas o explotadas más de dos años consecutivos o han sido ineficientemente explotadas, presión demográfica sobre el predio, latifundio o concentración, reincidencia en incumplimiento de las funciones, relación precaria de trabajo, entre otras.

 

Artículo original disponible en: http://www.eluniverso.com/noticias/2016/03/04/nota/5442324/empresas-publicas-extranjeras-podran-comprar-tierras-rurales