fbpx
VISITA NUESTRO
NUEVO SITIO WEB

 

 

 

 

Posts @IPDRS

Organizaciones indígenas pidieron al Ministerio de Energía y Minas realizar una consulta previa del acto administrativo mediante el cual éste aprobará la actualización del instrumento de gestión ambiental del Oleoducto Norperuano conocido como Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).

El fundamento de la petición radica en que el PAMA incluirá la evaluación integral de los impactos del transporte de petroleo y las obligaciones ambientales de mitigación de dichos impactos, los cuales afectan de manera directa a las comunidades por cuyo territorio atraviesa el Oleoducto Norperuano.

Indican que la aprobación de actos administrativos y normativos referidos a derrames de petroleo y al oleoducto "no puede aprobarse de espaldas a las comunidades afectadas, como hasta ahora se ha hecho, más aún cuando estos derrames afectan y ponen en peligro la subsistencia de los pueblos indígenas".

El pedido fue formulado por Edwin Montenegro, presidente de la Organización Regional de Pueblos Indígenas de la Amazonía Norte (ORPIAN) y Alfonso López, presidente de la Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación San Pablo de Tipishca (ACODECOSPAT), que representa a las comunidades nativas kukama del río Marañón en Loreto.

Graves fallas

Cabe recordar que Petroperú no cumplió con realizar el mantenimiento integral al Oleoducto Norperuano, noactualizó su Plan de Adecuación Medioambiental (PAMA) y tampoco obedeció el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

El Reglamento sobre ductos aprobado por Decreto Supremo N° 081-2007-EM exige que se actualicen los monitores inteligentes, sin embargo PETROPERÚ "solo lo habría implementado en el tramo I del oleoducto y no en el II, donde ocurrieron los últimos derrames" señala una nota de la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

Luego de los derrames en el año 2014, OSINERGMIN declaró que en diciembre de ese año vencía el plazo de Petroperú para adecuarse al reglamento. "Llama la atención que luego de 8 años de emitido el Decreto Supremo N° 081-2007-EM, no haya cumplido con aplicar el mantenimiento" indica DAR

Según una nota del Instituto de Defensa Legal (IDL) "resulta patético (...) que la última inspección interna para ver la corrosión haya sido en el año 1999, es decir hace 17 años, y que el último monitoreo externo sea en el año 2006".

Según informe del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), la empresa Petroperú justificó carencias económicas debido a políticas de austeridad.

El 18 de febrero último OSINERGMIN multó con 12 millones 640 000 soles a PETROPERÚ por incumplir el programa de adecuación de ductos.

PAMA incumplido

Una de las medidas dispuestas por el OEFA para evitar futuros derrames es actualizar su Plan de Adecuación Medioambiental (PAMA) aprobado en 1995. Esta actualización incluye una evaluación integral de los riesgos socio-ambientales del ducto.

Aplicar medidas preventivas y actualizar el instrumento de gestión ambiental del Oleoducto Norperuano es una reiterada demanda de las organizaciones indígenas y de la sociedad civil ante los constantes derrames producidos.

El Oleoducto Norperuano sufrió hasta dos roturas en menos de dos meses, lo que ha generado graves daños ambientales en los tramos ubicados en los departamentos de Amazonas y Loreto.

El OEFA señala que en los últimos 5 años se ha reportado veinte derrames de crudo, todos por el mismo motivo: el escaso y/o nulo mantenimiento a la red de tuberías que comprenden el Oleoducto Norperuano.

Fortalecer supervisión

DAR enfatizó que se necesitan instituciones fuertes que hagan cumplir las disposiciones legales.

"Los organismos supervisores no deben ser debilitados y las empresas públicas y privadas deben demostrar que son responsables y que aplican buenas prácticas, respetando el derecho a la salud de las personas y la protección del ambiente" puntualizó DAR.

Dato:

La Resolución Directoral N° 012-2016-OEFA/DS, del 15 de febrero de 2016 exige a Petroperú:

a) mantenimiento efectivo, inmediato e integral respecto de las secciones del ducto que no han sufrido un deterioro significativo;

b) reemplazar el ducto respecto de aquellas secciones que han sufrido un deterioro severo o significativo;

c) remitir a OEFA el Cronograma de ejecución de las acciones de cumplimiento a la medida preventiva, en un plazo máximo de 7 días,

d) elaborar un proyecto de actualización del IGA (Instrumento de Gestión Ambiental) identificando los impactos y las mitigaciones en relación al Oleoducto Norperuano.

 

Artículo original disponible en: http://www.servindi.org/actualidad-noticias/28/02/2016/nuevo-pama-de-petroperu-debe-aprobarse-con-participacion-indigena