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El Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega Luna, informó que la aplicación del Decreto Supremo Nº 001-2015-MEM —mediante el que se aprueban disposiciones para procedimientos mineros que impulsen proyectos de inversión— emitido por el Ministerio de Energía y Minas podría poner en riesgo el derecho a la propiedad, en particular el que corresponde a las comunidades campesinas y pueblos indígenas.

Al respecto, indicó que, si bien es legítimo el objetivo de esta norma, que busca mejorar los procedimientos mineros, esto no puede implicar el debilitamiento de las garantías a la propiedad en general y a la indígena en particular.

“Por ello, la nueva norma debe ser aplicada respetando lo establecido en la Ley Nº 26505, la cual establece que para disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales, se requiere contar con el voto favorable de no menos de los dos tercios de los miembros de la Asamblea General”, acotó el funcionario.

De otro lado, recordó la obligación que tiene el sector minero de realizar un proceso de consulta previa cuando algún procedimiento minero pudiera afectar los derechos de los pueblos indígenas. “Este deber es independiente de las garantías que tiene la propiedad comunal”, agregó Vega Luna.

Por dicha razón, mediante Oficio Nº 026-2015/DP, remitido el pasado 13 de enero, Vega Luna solicitó al Ministerio de Energía y Minas un informe jurídico que contenga los alcances de dicha norma en concordancia con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26505. Asimismo, solicitó información sobre los procedimientos seguidos para cumplir con lo establecido en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT, referidos a los mecanismos de participación y consulta indígena.

Finalmente, señaló la importancia de que la minería se desarrolle con el pleno respeto de los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas –incluyendo la propiedad colectiva de las comunidades campesinas-, a fin de asegurar la sostenibilidad de dichos emprendimientos.