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En mayo de 2016 la presidenta de Chile, Michelle Bachelet, envió al Congreso el proyecto para la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas. Finalmente, después de más de un año de tratamiento, la Cámara de Diputados de la Nación la aprobó.

Concretamente el ministerio se encargará de colaborar con el Presidente de la República tanto en el diseño como en la coordinación y evaluación de políticas, planes y programas destinados a promover y fortalecer los derechos de los pueblos indígenas. Así como también estará destinado a gestionar su desarrollo económico, social y cultural, y fundamentalmente a eliminar toda forma de discriminación arbitraria contra los pueblos, comunidades y personas indígenas.

A su vez, el organismo tendrá el deber de colaborar y prestar asesoría técnica a los demás organismos de la administración del estado en la implementación y ejecución  de los procesos de consulta previa indígena.

Otras atribuciones y funciones del ministerio de Pueblos Indígenas son:

– Elaborar, proponer, coordinar, monitorear y evaluar, la Política Nacional Indígena y las políticas, planes y programas orientados a hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas y su aplicación transversal en los órganos de Administración del Estado, sin perjuicio de las atribuciones de otros organismos competentes.

– Elaborar y proponer la formulación o modificación de iniciativas legales, reglamentarias y administrativas en las materias de su competencia y evaluar su aplicación.

– Elaborar y proponer los planes y programas destinados al desarrollo económico, social y cultural de los pueblos indígenas.

– Desarrollar políticas en coordinación con el Servicio Nacional de los Pueblos Indígenas.

– Desarrollar políticas, planes y programas, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos con competencia en la materia, destinados a prevenir y erradicar la discriminación contra los pueblos indígenas, comunidades y personas indígenas, en especial contra niños, niñas, mujeres, personas en situación de discapacidad y adultos mayores indígenas.

– Generar programas de asesoría y defensa jurídica de los indígenas y sus comunidades.

-Proponer medidas destinadas a la protección de las tierras y territorios indígenas y de los recursos naturales existentes en ellas, así como de los recursos genéticos, resguardando su debida ejecución, sin perjuicio de las atribuciones de otros organismos del Estado. Dichas medidas deberán respetar el vínculo espiritual y la importancia especial que tienen para los pueblos indígenas su relación con las tierras, territorios y recursos naturales.

Cabe señalar que el ministerio comprenderá un ministro que lo encabezará, un Subsecretario de Pueblos Indígenas y Secretarías Regionales Ministeriales en todas las regiones del país.

Asimismo se creará el Comité Interministerial sobre Pueblos Indígenas, que tendrá como objetivo colaborar con el ministerio en la elaboración, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas orientados al desarrollo de los pueblos indígenas y sus miembros. Además contará con la atribución de resolver con carácter vinculante las solicitudes de procedencia de consulta previa indígena. El Comité será presidido por el ministro de Pueblos Indígenas.

Anteriormente, en junio de este año, la Cámara de Diputados había aprobado la creación del Consejo Nacional y los Consejos de Pueblos Indígenas. Dentro de ellos están considerados cada uno de los nueve pueblos reconocidos por ley en Chile, donde se incluye al Mapuche, Aymara, Diaguita, Atacameño, Quechua, Colla, Kawesqar, Rapa Nui y Yagan.

FUENTE: LA OPINIÓN