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Después de dos años de que entró en vigencia la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras ya se empiezan a ver los primeros resultados. La participación activa de las víctimas tanto en la Unidad de Víctimas como en la Unidad de Restitución de Tierras y las lentas aunque firmes respuestas de cada una, ya son un logro.

Sin embargo al mirar de cerca las cifras pareciera que el acercamiento de las mujeres víctimas del conflicto a cada una de estas unidades ha sido distinto.

Tomado de Lasillavacia.com La diferencia más notoria, promovida por la misma Ley, es que la Unidad de Víctimas recibe un mayor número de casos porque incluye a víctimas de todos los delitos relacionados con el conflicto armado desde 1985 y además una misma persona puede estar incluida en ambas unidades (por ejemplo una mujer pudo ser torturada y despojada al mismo tiempo, lo que le da derecho a ser reparada por cada delito en cada una de las unidades). Pero haciendo un análisis más detallado de las personas que se acercan a las Unidades se puede decir que la participación de mujeres en la Unidad de Restitución de Tierras es considerablemente menor que en la Unidad de Víctimas.

Derecho a la tierra para las mujeres

Esta diferencia se da aún cuando la ley promueve un trato preferencial para las mujeres víctimas reclamantes de tierras. Colombia fue uno de los primeros países en América Latina en reconocer los derechos de la mujer sobre la tenencia de la tierra. Desde los años noventa, las tierras de familia han podido ser registradas a nombre de ambos cónyuges o de la pareja permanente. Además la constitución dicta que el Estado debe promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios (artículo 64), la igualdad de derechos para la mujer y el apoyo especial a las mujeres cabeza de familia (artículo 43).

Por su lado, la Corte Constitucional también se pronunció sobre el tema (sentencia T-024 de 2004) al argumentar que el desplazamiento forzado en las mujeres constituye una situación de vulneración acentuada, lo que obliga a una protección inmediata por parte de las autoridades y a la prórroga de la ayuda humanitaria, lo que incluye medidas preferenciales de reparación. Y el derecho a la tierra es una de ellas.

Es dentro de este contexto legal que la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras incluye el enfoque diferencial en la mayoría de sus artículos. Para el caso específico de la restitución de tierras promueve una protección especial en los trámites administrativos y judiciales. Entre ellos una ventanilla preferencial y la prioridad del estudio de los casos presentados por mujeres cabeza de familia. En enero de este año, además, la Unidad de Tierras, expidió la Resolución No. 80 de 2013 para la adopción del Programa Especial para las Mujeres, Niñas y Adolescentes pero hasta el momento los resultados han sido muy pocos.

Mientras que a julio de este año la Unidad de Víctimas tenía casi seis millones de casos de los cuales 2’950.546 son hombres y 2’976.806 son mujeres, a la Unidad de Restitución de Tierras han solicitado su ingreso al registro 45.825 personas; sólo 17.736 de estos casos son mujeres. Es decir que mientras en la Unidad de Víctimas la participación de hombres y mujeres es casi 50 – 50, en la Unidad de Restitución de Tierras las mujeres sólo representan el 35% de las solicitudes.

En las sentencias proferidas por los jueces especializados de restitución de tierras la situación es similar. A septiembre de este año, la Unidad de Restitución de Tierras había dictado 137 sentencias que incluyen a 536 personas y de este total, 480 casos han salido favorables para las víctimas de las que sólo 161 son sentencias a favor de mujeres.

Fuente de gráficas: datos de Unidad de Tierras

 

Los límites de la Unidad de Tierras

Hay varias posibles razones para explicar esta diferencia. Por un lado, la Línea de enfoque diferencial en Infancia y género a nivel nacional -que es el área de la Dirección Social de la Unidad de Tierras encargada de la socialización, planeación y seguimiento de los temas de mujeres, niños, discapacitados y personas de la tercera edad en el proceso de restitución- cuenta únicamente con dos funcionarios y en algunas unidades territoriales el tema ni siquiera ha empezado a trabajarse. Según una fuente consultada cercana a esta Unidad, “todavía falta la divulgación del programa y una metodología para llegar a las regiones. Todavía no está claro cómo llegar al territorio y la mayor dificultad es de corte administrativo”. Muchas mujeres han tenido que acercarse dos y hasta tres veces para poder presentar su solicitud.

Carmen Palencia, presidenta de la Asociación Nacional de Víctimas por la Restitución y el Acceso a la Tierra, da dos razones para explicar la baja

participación de las mujeres en la Unidad de Tierras: “por un lado, el miedo sigue siendo un factor muy importante que sigue frenando a las mujeres a acercarse a la Unidad de Tierras. Por el otro, en tema de reparación, la Unidad de Víctimas ha mostrado ser mucho más ágil que la Unidad de Tierras. El proceso es tan largo y dispendioso que muchas mujeres han decidido acercarse solamente a la Unidad de Víctimas (...) Las mujeres hoy no tienen ni tiempo ni plata para estar moviéndose todo el tiempo y menos cuando son cabeza de familia. Eso las limita, entonces han optado por seguir trabajando. Algunas incluso deciden comprarse un ranchito donde ya no tienen ni que pagar arriendo y así evitar un proceso dispendioso y no meterse en problemas”.

Sumado a esto, la urgencia por entregar resultados con tan poco personal, ha llevado a que en la Unidad de Tierras lo urgente no deje tiempo para lo importante. Y en este contexto, el diseño del Programa Especial para las Mujeres en forma conjunta con las víctimas ha quedado en un segundo plano. La socialización de los temas de género en las regiones son de un sólo día y en muchos casos se entremezclan con otras poblaciones que necesitan trato preferencial como los discapacitados, los adultos mayores, los indígenas y los menores de edad.

“Hay casos específicos de derechos secundarios de vínculos de parentesco que necesitan de una explicación clara para las víctimas. Por ejemplo está el caso de una niña en Cauca que vivía con su padre y con su madrastra. Al padre lo mataron, ellas salieron desplazadas y hoy ella no sabe si tiene derecho a la restitución o no. Son casos que necesitan tiempo para ser bien explicados”, dice una funcionaria de la Unidad que pidió no revelar su nombre.

De la mujer víctima y el hombre propietario

Pero la menor participación de las mujeres no se limita a temas administrativos y legales. Hay razones culturales que pueden explicar por qué en tema de tierras, las mujeres están participando menos que los hombres.

La primera es que muchas mujeres no se sienten sujetas de derecho. En los análisis hechos por la Unidad, la mayoría de ellas no conoce los términos de propiedad, posesión y ocupación (las tres condiciones que permiten solicitar una restitución) y las que los conocen sienten que quienes tienen estos derechos son sus esposos o compañeros permanentes, no ellas. Por lo tanto cuando enviudan o se quedan solas no creen que puedan reclamar la tierra de la que han sido despojadas y por eso no se acercan a la Unidad. Además el despojo sigue siendo un hecho muy doloroso para muchas de ellas.

Otra razón es que en Colombia, el acceso a la propiedad es una situación que ha sido mayormente ejercida por hombres. En palabras de Magdalena León, fundadora de la Escuela de Género de la Universidad Nacional, “durante muchas décadas la visión estereotipada de la agricultura campesina latinoamericana ha consistido en que ella se basa en la parcela o finca familiar, con una división del trabajo según la cual la cabeza masculina del hogar es el principal agricultor y la esposa ‘la ayudante’ ”.

Por esta razón en el momento de demostrar la relación con la tierra sobre los predios a restituir, los documentos presentados generalmente aparecen a nombre de los hombres. Y esta dificultad para demostrar su relación con la tierra, es otra de las razones por las que las mujeres se ven frenadas a acercarse a la Unidad de Tierras.

Esto último se refuerza con los estereotipos de género presentes en la lectura del conflicto en Colombia. La idea de la mujer víctima versus el hombre armado que defiende la propiedad promueve la idea de que muy pocas mujeres son capaces de liderar y defender una tierra productiva en medio del conflicto, sobre todo cuando han vivido de cerca la guerra. Las mujeres víctimas no son fácilmente vistas como administradoras de bienes y la idea general de que una vez reciban sus tierras van a tener problemas, sigue presente incluso entre muchos de los que lideran el proceso. “Algunos funcionarios creen que al dictarse sentencias a favor de las mujeres muchas van a tener problemas para administrar sus tierras” contó la misma funcionaria.

“La única opción que hay es que la Unidad de Tierras tome cartas en el tema de mujeres porque nada de lo que se dice en la Ley de Víctimas se está haciendo y eso se ve con los resultados de la Unidad”, insiste Carmen Palencia. Toca esperar entonces a que el acelerador puesto en la Unidad para mostrar resultados en este año pre electoral, se de también para promover y diseñar las estrategias y hacer efectiva la restitución en los casos priorizados.

(Reportaje escrito por Maria Paula Hoyos)