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Impactos de la Ley 30230 sobre la propiedad privada y el ordenamiento territorial

En julio de este año el Congreso de la República aprobó la Ley Nº 30230, iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas, “que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”. Esta norma fue criticada en sus aspectos ambientales y tributarios. Sin embargo, otros aspectos de la Ley también tienen impactos igualmente negativos. Por ejemplo, el Título III, mediante artículos sumamente generales y hasta ambiguos, permitiría a proyectos de inversión, públicos o privados, obtener tierras donde y en la cantidad que requieran para sus actividades, pasando por alto los derechos de propiedad vigentes de los propietarios.

Ha sido ampliamente reconocido que detrás del enfrentamiento entre la policía nacional y los indígenas en los sucesos de Bagua (2009) como también de los asesinatos recientes del dirigente Edwin Chota y sus compañeros asháninkas, está la gran inseguridad territorial que amenaza la supervivencia de los pueblos indígenas en el Perú. Hoy los territorios de las más de diez mil comunidades campesinas y nativas, incluyendo el 62% que cuenta con título de propiedad, continúan siendo inseguros debido al constante debilitamiento durante los últimos 30 años de las normas y la institucionalidad estatal responsables por resguardar sus derechos.

Desde enero de 2013, el Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI es el Ente Rector para el saneamiento físico legal de la propiedad agraria y se encuentra en vísperas de inaugurar un nuevo proyecto de titulación rural. Sin embargo, la Ley 30230 faculta a COFOPRI (Ministerio de Vivienda) establecer “procedimientos especiales” (artículo 36) para demarcar y entregar derechos de “propiedad de particulares” a favor de proyectos de inversión (como la ampliación de la frontera agrícola, proyectos mineros, de hidrocarburos, forestales, agroindustriales, nuevos ejes viales, etc.), “independientemente del uso actual o futuro que se les dé a estos predios” (artículo 37, inciso a).

Esta Ley representa la amenaza más grande para las comunidades indígenas y su derecho a la propiedad de sus tierras desde que la Constitución de 1920 estableciera su protección. De este modo el gobierno pretende facilitar la presencia de proyectos de inversión desconociendo los derechos y garantías establecidas en la legislación nacional e internacional a favor de los pueblos indígenas, organizados en 8.000 comunidades campesinas y 2.000 comunidades nativas en todo el país.

Este grupo de peruanas y peruanos serán los más afectados con esta ley, considerando que el 68% de comunidades campesinas y nativas tituladas NO tiene cómo acreditar de manera irrefutable su derecho de propiedad, debido a la carencia de información georreferenciada sobre la extensión y localización de sus tierras, la cual es una deuda histórica que el Estado peruano hasta el día de hoy no ha saldado.

Respecto al Ordenamiento Territorial, tarea que muchos gobiernos regionales vienen desarrollando en coordinación con el Ministerio del Ambiente, señala la norma (artículo 22) que “ni la Zonificación Económica Ecológica ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso”, lo que sugiere que todo el espacio territorial del país puede estar disponible para el desarrollo de proyectos de inversión.

Parece que este gobierno no aprendió la lección del Baguazo. Sin lugar a dudas el irrestricto cumplimiento del Título III de esta norma va a producir más conflictos sociales. Contrariamente a lo que pretende lograr el gobierno, la amenaza de violencia en el campo unida a la falta de respeto a la propiedad privada de las tierras de los propietarios peruanos puede desanimar a la inversión. Es preciso entender mejor las intenciones del Ejecutivo y buscar un camino para establecer límites en la aplicación de medidas para promover la inversión. Este camino obliga la participación del Vice-Ministerio de Interculturalidad (Ministerio de Cultura) y la Dirección de Saneamiento Físico-Legal y de Catastro Rural (MINAGRI) en el desarrollo de los reglamentos para la Ley, la supervisión de parte de la Defensoría del Pueblo respecto a la defensa de los derechos y el cumplimiento de un proceso de consulta previa para los pueblos indígenas y originarios del Perú.

Este 15 de Octubre, cuatro redes de instituciones – el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú, la Plataforma de Ordenamiento Territorial, Red Muqui y la Plataforma Gobernanza Responsable de la Tierra – organizarán un Foro Público Nacional para informar, analizar y dialogar sobre lo que significan los cambios e impactos que la Ley 30230 pueda producir en las zonas rurales del país. Se combinará presentaciones de expertos sobre estos temas con comentarios de funcionarios del gobierno y del público. El Foro se llevará a cabo en el Hotel Novotel en San Isidro. El primer bloque del programa se enfocará en el Título III y su impacto sobre las comunidades rurales (3:00-5:30 pm) y el segundo bloque en el tema de ordenamiento territorial en las regiones del país (5:50-8:00 pm).