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El día miércoles 28 de noviembre, las autoridades originarias del Jatun Ayllu Yura, la comisión redactora del estatuto autonómico y población en general, recibieron a una comisión técnica del Viceministerio de autonomías (VA), el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) y el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), para la revisión de algunos puntos del estatuto que vienen construyendo colectivamente y con el asesoramiento de ISALP (Investigación Social y Asesoramiento Legal en Potosí). Estas instancias como se mencionó en el evento, conforman un “triángulo de coordinación” que sirve de impulso al proceso autonómico en diferentes aspectos, contenidos, logística, socialización, tramitación, etc.

El proceso del Jatun Ayllu Yura es peculiar, pues se constituye en un proceso AIOC (autonomía indígena originaria campesina) vía territorial, es decir, llevan al menos dos décadas visualizando la posibilidad de su autonomía administrativa, a partir de su demanda por sanear su territorio y titularse como Tierra Comunitaria de Origen (TCO). La defensa de sus derechos colectivos les ha tomado bastante tiempo y energía, el proceso de saneamiento les hizo develar una estructura organizacional a nivel departamental que habría declinado hacia el electoralismo político partidario, y no así, hacia la profundización de la reconstitución territorial del Qollasuyu. La motivación de la reconstitución de su territorio, la restitución de sus autoridades originarias pronto les mostró la posibilidad de reactivar su nexo con su nación originaria, el Qhara Qhara suyu que ocupa parte del departamento de Potosí y el departamento de Chuquisaca.

De este proceso de reconstitución territorial y afirmación identitaria emerge la demanda de la autonomía indígena originaria, una necesidad por sentar soberanía sobre los recursos naturales de su territorio y salir del encierro que la república les habría impuesto, al forzar su pertenencia al municipio de Tomave, cuya población pertenece a la nación originaria de Killakas. El ordenamiento territorial ha correspondido a los intereses coloniales, y luego republicanos, por explotar los recursos naturales (minería y agua, principalmente) y humanos, es fundamental para el Jatun Ayllu Yura desatar los andamiajes de la opresión que han vivido secularmente.

El minucioso trabajo de redacción del estatuto autonómico del Jatun Ayllu Yura destaca su territorialidad basada en 4 ayllus originarios y un centro poblado, además, refrenda una estructura de autoridades políticas y rituales absolutamente vigente. Cada ayllu originario con un consejo de autoridades conformado por los alcaldes de cada comunidad, y en un nivel superior cuatro quraqas que conforman un Consejo de autoridades mayores. Complementariamente, existieron otros cargos como alcaldes, jilakatas, postillones, etc. La duración de los cargos para este momento de su historia, se cambia de uno a dos años, pero seguirá respondiendo a la dinámica rotatoria entre los ayllus Qullana y Wisijsa de la parcialidad Anansaya, y los ayllus Chiquchi y Qhurqa de la parcialidad Urinsaya. Resulta muy interesante escuchar la reflexión de las autoridades, líderes e instituciones, sobre la posibilidad de “reactivar” uno u otro cargo en función de la contemporánea administración pública.

La función pedagógica del Estado

La reunión mencionada se debía a una carta enviada por el Viceministerio de Autonomías, ente encargado de promover las autonomías en el país (antes ministerio, luego Dirección de Ordenamiento territorial y hoy dependiente del Ministerio de la Presidencia), observando algunos aspectos de la propuesta del estatuto autonómico, entre ellos la distinción entre facultades ejecutivas, legislativas, administrativas y fiscalizadoras, en el órgano de gobierno, es decir, el consejo de autoridades originarias.

Las reflexiones en torno a estos temas, cobran un tinte político y pedagógico. Las tensiones al momento de “traducir” las normas y procedimientos propios que los ayllus originarios sostienen hace tantos años para reproducirse social y culturalmente, al parecer, deben adaptarse y encajar en los marcos y estructuras procedimentales y burocráticas del Estado. Por ejemplo, respecto a la mención del “control social”, concepto y rol que fue incorporado por el neoliberalismo en 1994 en la Ley de Participación Popular, según los técnicos del VA las autonomías indígenas deben superar y reemplazar por el ejercicio de una facultad fiscalizadora como gobierno autónomo. Al parecer uno de los grandes desafíos es que las autoridades originarias dejen de lado su rol como sociedad civil y hagan parte del Estado, no obstante, esta no es una tarea fácil, pues la mencionada Participación Popular tiene una serie de mecanismos de participación tutelada en la que las organizaciones sociales cumplían roles. Por ello, la perspectiva técnica insiste en superar la concepción del municipio, aunque gran parte de su pedagogía, descansa en ejemplos referidos al ámbito municipal.

Se reiteró para la población de Yura, la explicación que muchos ciudadanos, rurales y urbanos, no siempre tenemos a mano, el origen de los recursos públicos y la concurrente rendición de cuentas al ministerio de economía y finanzas, a la contraloría, etc. bajo la legislación que normativiza la gestión pública de todas las entidades territoriales y administrativas; la necesidad de inscribirse al servicio de impuestos nacionales, contar con una cuenta bancaria, etc. Aspectos fundamentales para hacer efectiva un tipo de autonomía administrativa que tendría que reflejar las decisiones de las instancias de autogobierno indígena originaria.

Ante esta problemática surge la pregunta ¿Puede ser el quraqa un servidor público? Disyuntiva que nos hace pensar en las dos dimensiones que deben conciliar para dar viabilidad a las autonomías indígenas, una la del autogobierno y otra la de la administración pública. Uno de los técnicos se apresuró en advertir “por muy indígena que seas, tienes que administrar con la ley SAFCO [Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales]”, lo cual significa hacer planificación, presentar informes, respaldos, etc. como lo hace cualquier entidad y funcionariado público. Entonces, se argumentó que la autoridad originaria tiene una amplia y basta agenda en lo que significa su servicio como autoridad, debe acompañar los principales ritos agrarios, religiosos y políticos; además, debe resolver conflictos, relacionarse con otras entidades territoriales, hacer representación dentro y fuera del territorio, etc. Al ser todas estas tareas parte de un thaqi (camino) social y vital para cada persona miembro de las comunidades y ayllus, el pleno reunido advirtió que no podía quitarse de su naturaleza el sentido de servicio, por lo que los quraqas deberán delegar el manejo netamente administrativo a una instancia que decidieron nominar como jilakata, reactivando el cargo delegado que correspondía a quien intermediaba y administraba la tributación colonial y luego republicana.

Tensiones y adaptación ¿se modifica el Estado o se intervienen los territorios?

La reflexión importante que brindó un técnico de ISALP, institución que asesora el proceso autonómico y lleva varios años de acompañamiento en temas políticos y agropecuarios, insistió en que “el estatuto [autonómico] es el reflejo de la vida del ayllu”, y ésta no es estática y se ha ido transformando en función a su derecho de autodeterminación. Recordó que la autonomía del Jatun Ayllu Yura es un desafío al Estado boliviano, para ver si las herramientas que dispone –al ser progresistas o conservadoras- pueden o no dar viabilidad a la autonomía.

El Instituto para el Desarrollo Rural de Sudamérica – IPDRS aprovechó para presentar el documental Jatun Ayllu Yura: De la reconstitución al autogobierno, un material elaborado por el cineasta Marco Arnez Cuéllar que intenta mostrar al territorio de los yureños como un espacio vivificado cultural, política y económicamente, y en cuya historia de resistencia y defensa de la autodeterminación, el presente proceso AIOC se suscribe como un momento más de afianzamiento y tensión con otros actores. La sensibilidad que transmite este trabajo documental logra trenzar la apuesta del Jatun Ayllu Yura por la Asamblea Constituyente (2008), con la producción de maíz y chicha, y con el testimonio contemporáneo de mujeres y hombres que sostienen una cultura ancestral que ha sabido campear y salir a flote, pese a la precariedad, la migración internacional y la marginación política municipal. El público apreció ampliamente este film que registra varias escenas del Carnaval Yureño y expone la lógica territorial del thinku (encuentro) de sus cuatro ayllus, sus flautas, cóndor umas (cabeza de cóndor) modernos y estridentes, la actualización de muchísimos símbolos y el sentido de las tonadas musicales. Surgió la pregunta del público,¿cómo se habían logrado las imágenes de la marcha de 2009, en defensa de la Constitución aprobada? Y se explicó que, Arnez su director, es una de las muchas personas comprometidas con las luchas por la tierra y el territorio de los pueblos indígenas y que son imágenes de archivo que sirven para dar aliento a todos estos procesos.

Tanto el material audiovisual como la presencia y trabajo de muchas personas, colectivos e instituciones por la concreción de la autonomía del Jatun Ayllu Yura, y otras naciones originarias y pueblos indígenas, es de gran expectativa para la sociedad boliviana, que intenta aún comprender la implicancia de la plurinacionalidad en la transformación del Estado. Estas autonomías son además, ampliamente observadas y estudiadas desde diferentes latitudes, interesadas en conocer y replicar, los mecanismos bajo los cuales los pueblos indígenas logran modificar la forma de vivir la democracia y delegar el poder político.