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El proyecto de Ley de Tierras garantizará la soberanía alimentaria, además de combatir la especulación. En Argentina, entre el 10% al 15% de los cultivos están en manos de extranjeros. 

Con inversión en infraestructura, especialmente de riego, las hectáreas (ha) de tierra de uso agropecuario podrían aumentar de 7,3 millones a 8,3 millones, un millón más. Lo que hoy se ocupa, según estándares internacionales, ya resultaría insuficiente para una población de 16 millones.

Las cifras fueron expuestas por Miguel Carvajal, presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea Nacional, ilustrando la necesidad del proyecto de Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, que reemplazaría a la norma vigente, expedida en 1994. “La respuesta que podemos dar a esta realidad -dice- es el fomento de la productividad agrícola”.

El énfasis en esta visión productivista del proyecto tramitado en primer debate por el pleno de la Legislatura el 22 y 29 de enero pasados muestra un esfuerzo por ponerse a tono con el nuevo momento de la Revolución Ciudadana -aquel derivado de la era del conocimiento-, que supone una sociedad que ya asimiló el trauma de la transformación y se empeña en aprovechar sus frutos. Pero también muestra el esfuerzo por sobrevivir una propuesta que el movimiento de Gobierno, especialmente su ala más izquierdista, considera emblemática.

El tratamiento de la reforma alcanzó el momento de posicionamiento preelectoral, que exhibe la carta de reelección del Presidente, cuando es vital evitar la conflictividad y proponer estabilidad.

En Carondelet se temía un escollo en las propias huestes, por el sesgo antilatifundio y redistributivo que empapó en un primer momento la Revolución Agraria. El Ejecutivo coordina el tema desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, pero ha cedido la iniciativa a la Asamblea.

Un antecedente a favor de la Legislatura fue la aprobación de la Ley de Aguas, que en un inicio tuvo un alto costo político para el régimen, pero que se atenuó luego de una consulta prelegislativa, con la que se acomodaron las piezas del movimiento campesino a favor del Gobierno. El destierro del Estado corporativo que manda la Constitución de 2008 eliminó las cuotas de poder y el cogobierno que las organizaciones regionales y nacionales -especialmente Conaie, Fenocin y Feine- habían ‘conquistado’ desde el levantamiento de la década del 90, herramientas fundamentales para activar su influencia sobre el movimiento, pues a medida que se perdía el control de los aparatos estatales de educación bilingüe, salud indígena y planificación del desarrollo, entre otros, se extinguía el poder de convocatoria. La Ley de Recursos Hídricos actuó sobre la autonomía con la que se desenvolvían las juntas de agua y fortaleció los nexos entre instancias estatales, comunidades y productores.

Justamente, este esquema se mantiene en el proyecto del primer debate, donde el  ministro del ramo será la autoridad nacional de tierras, la que tendría la atribución de definir lo que es latifundio y, desde ahí, la posible redistribución de la tierra. Además, se instituye un Consejo Ciudadano que dará seguimiento. También se establece distancia con el planteamiento presentado en un proyecto de iniciativa ciudadana, entregado en 2012 por la Red Agraria, donde se definía como latifundio a los predios con un tamaño máximo de 200 hectáreas en la Sierra y 500 en la Costa y Amazonía.

“No podemos seguir mirando el problema con una sola perspectiva: la del reparto del tierras que predominó en las reformas agrarias de los años 60 y 70 del siglo pasado. Esto es un anacronismo”, comenta Carvajal.

Dicho proceso fue histórico, pues desterró las relaciones serviles en el agro -tarea iniciada por Alfaro- y liberó la mano de obra hacia las ciudades, permitiendo la conformación de un circuito nacional de reproducción de capital, con base en la renta petrolera. En el campo, por su parte, proliferaron las pequeñas propiedades.

Entonces, la multiplicación de minifundios -que no permiten mayor aplicación tecnológica y aprovechamiento productivo- no era un riesgo para la alimentación de la población de incipientes ciudades que albergaban al 30% de los ecuatorianos. Pero la relación urbano-rural pronto se invirtió, pues desde las décadas del 80-90 los ecuatorianos son mayoritariamente citadinos. Para el 70 se contaba con 1,63 hectáreas de tierras agrícolas per cápita, índice que para 2014 se redujo a 0,43. Por ello, el objetivo fundamental del Proyecto de Tierras es garantizar la soberanía alimentaria y la agroexportación, así como combatir la especulación.

En el proyecto se considera latifundio “la propiedad rural de gran extensión ineficientemente aprovechada que sobrepase los máximos de superficie definidos por la autoridad agraria nacional, de acuerdo a la zonificación productiva del país, a la infraestructura productiva, al tipo de cultivo o actividad productiva, de propiedad de una persona natural o jurídica” (art. 103).

Según Carvajal, la extensión que demanda la caña de azúcar es distinta a la del cacao o el café para que sea sostenible. “No es admisible que la lógica que mande sea la de las extensiones sin tener en cuenta que importamos algún producto”.

El método es una constante desde la reforma agraria mexicana de 1917, referente para la región. También en Perú se proyecta poner límites a la propiedad.

La definición de latifundio considera el cumplimiento de las funciones social y ambiental de la tierra, condición para mantener la propiedad de un predio o su expropiación y posterior redistribución. Generación de empleo, inventario de tierras, infraestructura, maquinaria, cultivos, semovientes, cumplimiento de obligaciones laborales y sociales, son las variables para establecer la función social, así como los índices de eficacia y eficiencia de cada unidad productiva agropecuaria.

Para lo ambiental se requiere: inventario de recursos naturales, identificación de prácticas agrarias, evaluación de impactos ambientales, entre otros. De las afectaciones se exceptúan predios de hasta 25 ha en la Sierra y 75 ha en la Costa que se considera ampliar a 100.

“Requerimos no la prohibición de las propiedades extensivas, sino la regulación del Estado, para evitar la concentración y el monopolio”, aclara Carvajal; y destaca la política antiextranjerización de la tierra, pues en el proyecto se establecen prohibiciones y restricciones a la compra de tierras y la inversión agrícola de parte de extranjeros. Los comisionados tienen en cuenta el caso argentino donde el año pasado se actuó en el mismo sentido, pues entre el 10 y 15% de las tierras está en manos de extranjeros.

En reunión del 2 de febrero la Comisión resolvió realizar una consulta prelegislativa, pero tan solo de los temas que afectan a los derechos colectivos, esto es: uso y usufructo en territorios ancestrales y comunas, participación social y resolución de conflictos y reconocimiento y legalización de tierras ancestrales y comunales. Una vez concluida esta etapa, se presentará el texto para segundo debate. La meta es 2015.