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La consulta previa, figura establecida en el convenio 169 de la OIT y regulada por laLey de la Consulta Previa en nuestro país, ha sido materia de debate en este último proceso electoral. Solo nueve de los dieciocho candidatos presidenciales se han mostrado a favor de que dicho proceso sea vinculante, ante la siguiente pregunta de este diario: ¿La consulta previa debe ser vinculante al momento de aprobar un proyecto minero? Ellos son Vladimir Cerrón, Francisco Diez Canseco, Yehude Simon, Alfredo Barnechea,  Renzo Reggiardo, Miguel Hilario, Verónika Mendoza, César Acuña y Fernando Olivera.Por otro lado, otros contestaron que es una herramienta importante, pero que no necesariamente deberá constituir  parte fundamental de la decisión final.

Antes de ocupar la presidencia del SER, el ingeniero Roger Agüero tuvo a su cargo el programa institucional de Agua y Saneamiento. A partir de esa experiencia, habla con Noticias SER y nos ofrece una evaluación de los avances y de los retos que aún quedan por superar respecto a la cobertura de estos servicios en el sector rural.

¿Cuál es el panorama en el sector rural, respecto al acceso de la población a los servicios de agua y saneamiento?

De los 30 millones de peruanos, aproximadamente 7.2 millones, habitan las zonas rurales, entendiendo a estas como aquellas poblaciones que reúnen hasta a dos mil habitantes. Echando un vistazo a a las coberturas de agua y saneamiento, en el campo hay tres millones de personas que no tienen acceso a agua potable. En cuanto al  saneamiento o eliminación de excretas, la situación es todavía mucho más grave, porque alrededor de 5.5 millones –es decir, el 76%-  no cuentan con este servicio. Y esto  a pesar de que en los últimos años el Estado está más presente.

El abogado y Presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), Henry Carhuatocto, explicó cómo es que la Ley de Promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible (N°30327) debilita la institucionalidad ambiental y perjudica los derechos de los pueblos indígenas.

Para el abogado, una norma no puede lograr el efecto de mejorar la economía y, mucho menos, cambiar una realidad social como la que se vive en nuestro país, a raíz de los conflictos socioambientales.

En ese sentido, el presidente del IDLADS, resumió esta norma en cinco aspectos para su mejor compresión:

Hoy jueves por la mañana, por invitación de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y el Instituto Nacional Demócrata para Asuntos Internacionales, representantes de diversas agrupaciones políticas expusieron sus planes respecto a lo que harán de llegar al poder en materia de pueblos indígenas y conflictividad social.  

Sus exposiciones se dieron en el marco de la presentación del Informe Alternativo 2015 sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que anualmente elaboran instituciones de la sociedad civil peruana con las organizaciones indígenas del país.  

Las invitaciones se hicieron con bastante premura. Pese a ello, solo algunas agrupaciones confirmaron su participación. Formalmente, solo cinco presentaron sus propuestas: Alianza Popular, Frente Amplio, Partido Humanista, Acción Popular y Perú Posible.

La Plataforma para la Gobernanza Responsable de la Tierra y el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú advierten que las comunidades que no tienen sus derechos saneados podrían ser afectadas por esta norma

El 16 de diciembre de 2015 se publicó el Decreto Supremo N° 019-2015-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del Título III (Capítulos I, II y III) de la Ley 30230 referida a la creación de procedimientos especiales y simplificados para el saneamiento de tierra a favor de proyectos de gran inversión.