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Sostiene Tierra Viva por reapertura del caso Sawoyamaxa. La ministra que concedió el trámite, Mónica Bareiro, había dicho, en la anterior resolución constitucional, que todo se ajustaba a derecho.

La comunidad Sawoyamaxa, luego de 20 años de destierro, consagró su derecho de reasentarse en 14.404 hectáreas que estaban ocupadas por empresas del alemán Herbert.

La cosa vino primero como mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Luego, se aprobó en Diputados, después en Senadores y, finalmente, se promulgó la ley de expropiación, con la indemnización estipulada, establecida con tasación del Ministerio de Obras Públicas. Pero el alemán y sus empresas atacaron la ley de inconstitucional.

La Corte rechazó. Pero unos días antes de cerrarse el 2104, sin publicidad alguna, la ministra Mónica Bareiro, titular de la Sala Constitucional de la Corte, admitió otra inconstitucionalidad, esta vez en contra del artículo que establece la indemnización. 

La organización Tierra Viva le recuerda, en un comunicado, que aquella ocasión, la Dra. Bareiro adhirió a la sentencia unánime de su sala, expresándose sobre el tema vuelto a plantear, en los siguientes términos: “…así mismo, se revela que está previsto el pago de una indemnización al propietario de las tierras expropiadas en las condiciones del Art. 109 de la C.N. En suma de la lectura de los artículos de la ley de expropiación cuestionada, y destacando que el presente caso trata de reivindicaciones de larga data de comunidades indígenas…que en estricta justicia, el tema en controversia ya no puede seguir sin una resolución definitiva. La ley cuestionada se revela como congruente a la consecución de ese fin” (Acuerdo y Sentencia N° 981 del 30 de septiembre de 2015, párrafo 9.1)

La organización Tierra Viva no puede entender cómo, una cosa juzgada ya por la Corte Suprema de Justicia, puede reabrirse con absurdo pretexto. Nos dice que un elemento que hace a la paz y a la tranquilidad social tiene que ver, entre otras cosas, con la certidumbre sobre la finalización de un litigio, cualquiera sea este. “El que tenga un final, es algo que interesa no solo a las partes, sino a toda la sociedad, es la manifestación por excelencia de lo que llamamos seguridad jurídica”. Agrega que el  hecho de darle punto final a una cuestión ya resuelta y no volver a debatirlo, es lo que se llama también en derecho: Cosa juzgada.

Sin embargo, “pese a la aceptación universal de este principio y la consecuente prohibición de doble juzgamiento que emana del mismo, para la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de nuestra República esto no tiene vigencia, “pues acaba de perpetrar uno de los mayores atentados a la seguridad jurídica de toda sociedad, al reabrir un caso que cuenta con una sentencia definitiva, afectando los derechos de la Comunidad Indígena Sawhoyamaxa”.