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Perú

Desde la Red Latinoamericana de Mujeres Defensoras de los Derechos Sociales y Ambientales denunciamos este atropello a los Derechos de la hermana Máxima Acuña y su familia. Expresamos nuestra total indignación y repudio al Estado Peruano que obra a favor de la empresa minera transnacional Yanacocha, sin respetar fallos judiciales, y actua de forma abusiva e Ilegal en contra de una humilde familia. Exigimos proteccion para ella y su familia Difundamos este nuevo atropello y mantengamonos unid@s en solidad con Maxima exigiendo Justicia y proteccion para ella y su famila.
 
Mirtha Vázquez, abogada de la señora Máxima Acuña de Chaupe, quien recientemente había ganado un juicio a Minera Yanacocha por el conflicto sobre la propiedad de las tierras que posee en la zona de Tragadero Grande cerca a las lagunas que pretende afectar el proyecto Conga, informó que la DINOES y la policía en un acto cobarde abusivo e ilegal ha destruido la ampliación de la casa de la familia Chaupe. 

Cerca de 30 comunicadores  y promotores indígenas provenientes y aliados de las bases de Moquegua, Apurímac y Puno, asistieron a la ciudad de esta última región para  participar en el Taller de capacitación y réplica “Comunicación Popular Radial para la Incidencia y Fortalecimiento de las Organizaciones Base”.

Esta actividad de carácter macroregional tuvo el objetivo de que las bases convocadas reconozcan en la comunicación popular  herramientas para fortalecer su organización a través del diálogo y el entendimiento mutuo; además de que expresen por sus propios medios e identidades culturales, sus problemas, agendas y propuestas para buscar cambios significativos.

La Confederación Nacional Agraria – CNA realizó el evento de dos días, en el marco del proyecto “Llipinchis Yupsunchis: Todos y todas contamos”, orientado a visibilizar la identidad y fortalecer las agendas de las bases, y sobre el que se viene impulsando una escuela indígena de comunicación que lleva el mismo nombre.

El Decreto Supremo 001-2015-EM tiene la intención de favorecer la inversión capitalista en minería pero transgrede derechos constitucionales de las Comunidades Campesinas” advirtió Antonio Peña Jumpa, abogado de la Pontificia Universidad Castólica del Perú (PUCP).

Más allá de la corrección normativa la empresa y las autoridades deben “cumplir con la obligación de informar seriamente a las comunidades y éstas materialicen, con el apoyo de recursos o medios, su derecho de ser informados conforme a su identidad cultural”.

“Solo bajo estas condiciones es posible obtener una respuesta sostenible que favorezca, en caso sea posible, a las propias empresas mineras, pero, sobre todo, favorezca a los titulares de los terrenos superficiales como son las comunidades campesinas” precisó el autor.

Las recientes proyecciones del crecimiento económico, no muy alentadoras para Perú desde hace algún tiempo, han generado que el Poder Ejecutivo impulse una agresiva flexibilización de las normas ambientales y sociales, y con ello un debilitamiento en las instituciones que son las que permitirían mantener un equilibrio entre las inversiones que se pretenden generar y el respeto y protección a los derechos de los demás actores que podrían ser afectados.

El reciente Decreto Supremo N°- 001-2015-EM, va en ese sentido, al aprobar disposiciones con el objeto de reducir plazos y flexibilizar criterios de procedimientos para “(…) impulsar la inversión vinculada a proyectos mineros de Concesión de Beneficio, actividades de Exploración y Explotación de concesiones mineras”[1]. El Poder Ejecutivo es explícito en sus políticas extractivas, no en vano se estuvo “calentando” el debate desde los gremios empresariales, respecto a eliminar trabas a la inversión (la llamada tramitología) discurso que ha tenido respuesta por parte del Poder Ejecutivo y Legislativo con la aprobación de cuestionadas normas (Ley 30230).

Bajo el argumento de promover las inversiones para reactivar la economía, el Estado peruano vuelve a vulnerar los derechos colectivos de las comunidades, ahora mediante el Decreto Supremo 001-2015-EM, publicado el 6 de enero último, donde dicta disposiciones con el objeto de reducir plazos y simplificar procedimientos para “(…) impulsar la inversión vinculada a proyectos mineros de Concesión de Beneficio, actividades de Exploración y Explotación de concesiones mineras” (Art. 1). Dichas normas vulneran y ponen en riesgo los derechos de las comunidades campesinas del país.

La primera violación consiste en modificar el régimen administrativo de las comunidades, otorgándole competencias a las Juntas Directivas Comunales pasando por encima del órgano supremo de la comunidad, la Asamblea General (Ley 24656). La segunda, es que se modifica las reglas por las cuales las comunidades deciden sobre sus tierras, establecidas en el artículo 11 de la Ley 26505 (conocida como Ley de Tierras). De esta forma una norma de menor jerarquía, como un decreto supremo, pretende modificar dos leyes, violando el artículo 103 de la Constitución Política que señala que una ley se deroga sólo por otra ley, lo que constituye una ilegalidad.

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